Colombia acaba de convertirse en uno de los países más contundentes de la región en materia de cosméticos cruelty-free. El Ministerio de Salud expidió el 6 de mayo de 2026 la Resolución 0814, que prohíbe la experimentación, importación, fabricación y comercialización de cosméticos o ingredientes probados en animales. La norma no es una declaración de intenciones: tiene nombre, documento obligatorio y consecuencia directa para quien no cumpla.

Colombia le dice “no” al testeo en animales
La nueva norma le pone dientes a una prohibición que en otros países lleva años siendo solo retórica. Desde su entrada en vigor, cualquier titular o importador de cosméticos que quiera operar en Colombia debe presentar ante el Invima una ‘Declaración de Conformidad’: un documento en el que certifica que ni el producto final ni sus ingredientes fueron sometidos a pruebas en animales. Esta declaración tendrá la misma vigencia que la Notificación Sanitaria Obligatoria (NSO), lo que la convierte en un requisito estructural, no en un trámite puntual.

La norma cubre a toda la cadena de suministro. No solo al fabricante: también al importador paralelo, a la persona natural o jurídica que distribuye. Nadie queda fuera. bienestar animal consumo responsable
Qué pasa si no presentas la declaración ante el Invima
El Invima no va a mirar para otro lado. El mismo organismo confirmó que verificará el cumplimiento de la declaración en todas las etapas de control sanitario. Si el documento no está, las consecuencias son claras: requerimiento de información adicional o rechazo directo del trámite. En términos prácticos, eso significa que un producto sin declaración no entra al mercado colombiano. regulación cosmética Latinoamérica
La norma también contempla excepciones, pero son estrechas y técnicas. Se permite usar datos de pruebas en animales solo cuando un ingrediente requiera evaluación de seguridad por riesgos a la salud o al medio ambiente y no existan alternativas validadas, o cuando los datos se hayan generado para un propósito distinto al cosmético. No es una puerta trasera: es un caso de fuerza mayor con justificación técnica ante el Invima.

Por qué esta norma importa más allá de Colombia
El movimiento cruelty-free lleva más de una década creciendo en el mercado cosmético global, pero el salto entre ‘política de marca’ y ‘obligación legal’ es el que cambia las reglas del juego. Colombia se suma a la Unión Europea, Reino Unido e India, que ya tienen prohibiciones similares en vigor. En América Latina, la norma colombiana marca un precedente: es la primera vez que un país de la región lo reglamenta con este nivel de especificidad técnica y consecuencias administrativas claras. medio ambiente regulación Colombia
Para el consumidor final, la Resolución 0814 hace algo importante: le devuelve la confianza en la etiqueta. Antes, el sello ‘cruelty-free’ dependía de la buena voluntad de la marca. Ahora, en Colombia, depende del Invima.




