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El Programa de Ordenamiento Ecológico Territorial de Cuetzalan –POET– ha prohibido a Petróleos Mexicanos –PEMEX– la actividad de exploración y producción de hidrocarburos –fracking– en este territorio poblano. En especial después de que PEMEX solicitó autorización ambiental del Proyecto Regional Petrolero Poza Rica –Alta Mira y Aceite Terciario del Golfo 2013-2035, para extraer minerales de los territorios que componen la región de Cuetzalan.
POET fungió entonces como un instrumento legalmente normativo, fundado por la paraestatal en el Manifiesto de Impacto Ambiental –MIA–, publicado en la Gaceta Ecológica en marzo 2016 por la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales –Semarnat–, para regular las actividades de fracking por parte de PEMEX.
Según MIA, el proyecto de PEMEX es continuidad del “Proyecto Integral Activo Poza Rica 2001–2016” y del “Proyecto Zona Norte de Chicontepec”, autorizados por la dependencia federal de manera condicionada en 2002 y 2005 respectivamente. El proyecto refiere la intención de explotar y explotar pozos de gas natural no convencional, lo que implica su extracción a través de la técnica de fracking, sin mencionar las coordenadas precisas de dichos puntos. Además traza un polígono de 2 235 224.15 hectáreas entre Hidalgo, Veracruz y Puebla, sobre 99 municipios –entre ellos, Cuetzalan–, para realizar diversas actividades vinculadas a la exploración y producción de hidrocarburos y gas natural. Frente a esto, PEMEX estima que sólo se estaría afectando 16 436.9 hectáreas de suelo; sin embargo, se desconocen las áreas puntuales a afectar a través de las obras.
El texto fue enviado al presidente del municipio, el panista Óscar Paula Cruz; y su respuesta fue la siguiente.
[…] El fracking es una técnica de extracción de hidrocarburos en yacimientos de lutitas, pizarra o esquisto que se realiza a partir de la inyección de un fluido (agua con una mezcla de más 700 sustancias químicas altamente tóxicas) a alta presión con el propósito, de fracturar la roca impermeable en que se encuentran los hidrocarburos.
[…] En la MIA se hace mención del vínculo del proyecto con instrumentos de planeación y ordenamientos jurídicos aplicables. Refiere al artículo 133 Constitucional para mencionar que el proyecto acatará en todas y cada una de sus etapas los tratados y convenios internacionales en materia ambiental y demás aplicables en los cuales México sea participe, pero no hace mención de la reforma al artículo Segundo Constitucional hecha en 2011, en la que se privilegia el cumplimiento de los tratados firmados por México relacionados a Derechos Humanos.
[…] Es de destacarse que la paraestatal reconozca la importancia de velar por el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT, sin embargo la manera en que plantea resolver sus indicaciones violenta al propio Convenio, pues menciona que el promovente (Pemex) es la obligada a realizar la consulta a los pueblos indígenas, lo cual viola los procedimientos de consulta que establecen que es obligación del Estado (no de una empresa, aunque sea paraestatal), el consultar a los pueblos indígenas, de manera libre, previa e informada.
[…] El estudio se refiere a varios planes de desarrollo estatales y municipales para justificar su armonía con el proyecto. El empleo y el desarrollo económico son los argumentos centrales para evidenciar coadyuvancia del proyecto con la región. Pero esto no ocurre así en la realidad para el fracking, técnica que ha presentado una seria oposición, sobre todo por sus efectos nocivos para la naturaleza y la población, pero también por sus adversos efectos económicos. Algunos de estos daños ya han sido bastante documentados, entre los que se reportan el agotamiento o contaminación de los acuíferos, lo cual es saldado por los pueblos y comunidades que ven violado su Derecho Humano al Agua. Al verse contaminada el agua, la salud de la población se ve vulnerada. La disposición inadecuada de residuos y las emisiones de gases de efecto invernadero son otros de los costos que la industria no absorbe.
[…] Es de hacer notar que la MIA presentada por Pemex enumera Ordenamientos Ecológicos Territoriales involucrados en el desarrollo del proyecto, dentro de los cuales ubica al General del Territorio, de la Cuenca del Río Bobos y del Río Tuxpan, el Ordenamiento Ecológico Territorial de Puebla e Hidalgo y el Ordenamiento Ecológico Territorial de Cuetzalan. Este último representa un importante elemento de análisis. La MIA reconoce que el Ordenamiento Ecológico de Cuetzalan, establece lineamientos y restricciones permitiendo únicamente la microindustria y pequeña industria, lo que es retomado de los criterios de regulación ecológica, que aplican al sector industria, artesanía y comercio.
El documento presenta un mapa en el que se evidencian las zonas que Pemex pretende utilizar y cómo el polígono correspondiente a Cuetzalan. […] El mapa anterior muestra un análisis realizado por el promovente sobre los ordenamientos vigentes, que expresa áreas geográficas que restringen la actividad propia del proyecto. Nótese el señalamiento para todo el polígono de Cuetzalan. El ordenamiento citado por la propia paraestatal es contundente en la prohibición de cualquier actividad del proyecto, por lo cual debería estar ausente del polígono de Pemex Exploración y Producción. En resumen, el cambio de uso de suelo y los permisos para exploración de hidrocarburos, no pueden realizarse en el municipio de Cuetzalan del Progreso. Es por esto que resulta indispensable que las autoridades municipales y los habitantes conozcan y comprendan la problemática expresada. Pero además, es importante entender que el territorio municipal de Cuetzalan es un componente de una multiplicidad de territorios de carácter geográfico, hidrológico, social y ambiental, de los cuales depende para que sus habitantes gocen de un bienestar colectivo. Esto indica que el impacto de las obras es de carácter regional, y aunque no realice ninguna acción dentro del municipio de Cuetzalan, no significa que evite su afectación. Ante ello, el COTIC ha ingresado una solicitud ante la Semarnat para una reunión pública informativa del proyecto.
El tema es preocupante, efectivamente, porque estos proyectos no benefician a la población porque son monopolios, son grupos que desgraciadamente lo único que buscan es un beneficio, es enriquecerse: el más rico más rico y el más pobre mucho más pobres. Estos proyectos nunca van a ayudarnos. Si bien es cierto que dicen que van a industrializar y van a hacer que tengamos mayores recursos, más empleos y oportunidades de trabajo, desgraciadamente en la práctica acabarían con el poco medio ambiente que aún nos queda, y ese es un tema que nosotros lo entendemos perfectamente.
Por estas razones, tanto el edil del municipio y el Comité de Ordenamiento Territorial Integral de Cuetzalan –COTIC–, se manifestaron en contra de la apertura de una mina del grupo Autlán – en la región de la Sierra Nororiental poblana. En consecuencia, “no se dará ningún tipo de permiso para exploración o extracción de minerales”. Esto propone defender los recursos naturales y de salud de los habitantes de la región de Cuetzalan del Progreso y Tlatlauquitepec, perjudicados o amenazados por las compañías mineras.